viernes, 1 de junio de 2018

IPC entregó informe a Corantioquia sobre Ecocidio de Mineros S.A. en el río Nechí



La negligencia o la forma de proceder de las autoridades deja inquietudes: ¿Por qué la ANLA se hizo acompañar de Minseros S.A., probable responsable del ecocidio, para verificar los daños? ¿Por qué no recorrió la zona con las comunidades afectadas? ¿Por qué la Secretaría de Minas de Antioquia no ha verificado la situación?






Comunicado público

Medellín, 30 de mayo de 2018
Resultado del proceso de seguimiento y acompañamiento que viene realizando el Observatorio de Derechos Humanos y Paz del IPC a las comunidades del Bajo Cauca antioqueño, se entregó a la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (Corantioquia) un informe sobre los hechos que rodearon el ecocidio en varios humedales y ciénagas del río Nechí; el cual está afectando a comunidades de las veredas La Esperanza, San Pedro y El Pital, de los municipios de El Bagre y Nechí.
Desde el día 14 de mayo se viene presentando una grave crisis socioambiental, debido a que un daño en una obra de la empresa Mineros S.A. generó el vertimiento de aguas enlodadas y contaminadas que deterioró sustancialmente los ecosistemas de humedales y ciénagas en la zona, presentándose afectaciones tales como mortandad de todas las especies de peces, degradación de las aguas y las capas vegetales que componen estos ecosistemas, puesta en riesgo de especies forestales endémicas de la zona, como el Cativo, por ejemplo, entre otras. Ver: ¿Ecocidio de Mineros S.A. sobre el río Nechí?
Estos territorios son habitados por comunidades anfibias, las cuales han derivado buena parte de su subsistencia de los beneficios ecosistémicos que les han ofrecido los humedales y ciénagas. En este momento, pese a haber transcurrido más de quince días de la crisis socioambiental, las comunidades siguen a la deriva en materia de acceso a alimentos y agua, debido a la absoluta negligencia de la empresa Mineros S.A. como responsable de este daño, así como a la falta de diligencia de las autoridades competentes en el caso: la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia.  Ver: carta abierta por ecocidio sobre el río Nechí
Es importante señalar que las autoridades ambientales citadas son las que tienen la competencia, por el tipo y cantidad de minerales que se extraen, y la autoridad minera departamental tiene delegada dicha función a nivel territorial. Tratándose de este tipo de afectaciones socioambientales, sorprende que la acción de la ANLA se haya limitado a una visita a la comunidad de La Esperanza, acompañada de siete empleados de la empresa Mineros S.A., sin realizar recorridos para verificar las denuncias presentadas: ¿Por qué la ANLA se hace acompañar del probable responsable de los daños para verificar los mismos? ¿Cómo pueden determinar los daños socioambientales sin recorrer la zona?
Por su parte, la Secretaría de Minas tiene la obligación de verificar, de acuerdo al Plan de Trabajo y Obras, lo acontecido con el daño en la obra de la empresa Mineros S.A. que falló. En un recorrido realizado por el IPC, se logró verificar que un jarillón construido por dicha empresa, el cual funcionaba como mecanismo de represamiento de aguas provenientes del dragado, sufrió varias rupturas, lo que derivó en el vertimiento de las aguas enlodadas y contaminadas a los humedales y ciénagas. Pero la ausencia de esta Secretaría es total, denotando profunda negligencia en su labor de fiscalización minera, así como una absoluta indiferencia por la suerte de las comunidades afectadas.
Las alcaldías de los municipios de El Bagre y Nechí, en lugar de movilizarse en función de la protección de los derechos humanos y ambientales, han estado más preocupadas por proteger la imagen corporativa de la empresa Mineros S.A.
En medio de este escenario de absoluta negligencia, indiferencia y menosprecio por las comunidades más vulnerables y afectadas, se destaca la labor de la Corporación Corantioquia que, sin ser la autoridad competente, una vez conocidos los hechos, visitó la zona, la recorrió y dialogó con las comunidades afectadas. Sin embargo, todo lo que esta entidad realice debe ser remitido a la ANLA y la Secretaría de Minas como autoridades competentes en el caso.
Para un mayor detalle de lo que acontecido en este caso, ponemos a disposición del público el informe entregado por el IPC a  Corantioquia. Reiteramos los requerimientos para este caso:
  1. A la Agencia Nacional de Licencias Ambientales –ANLA– realizar lo más pronto posible un recorrido por la zona afectada, a fin de que puedan verificar las denuncias presentadas. En este sentido, es fundamental el contacto con las comunidades denunciantes, para que puedan recoger sus testimonios y puedan realizar parte del recorrido con ellas, a fin de que puedan ubicar a las familias afectadas en las riberas de ciénagas y humedales del río Nechí, así como los lugares donde ellas han identificado los daños a estos ecosistemas. La actuación de la ANLA debe tener como principal referente la Licencia Ambiental, en particular revisar los Estudios de Impacto Ambiental presentados por la empresa para la expedición de dicha licencia, teniendo en cuenta que los daños y afectaciones han sido denunciados históricamente por comunidades como las de Cargueros, Bijagual, Sabalito, entre otras.
  2. A la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia, como autoridad minera, inspeccionar de manera inmediata las obras adelantadas por la empresa Mineros S.A. que fallaron, a fin de determinar la responsabilidad de dicha empresa, así como el cumplimiento estricto de lo establecido en el Plan de Trabajo y Obras –PTO–.
  3. A las alcaldías locales, llevar a cabo un proceso de caracterización de las comunidades afectadas, determinar las pérdidas y daños que han sufrido, y exigir a la empresa Mineros S.A. la reparación de los mismos.
  4. A la ANLA, a la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministerio de Minas, a la Agencia Nacional de Minería, y demás autoridades competentes, suspender de manera provisional la Licencia Ambiental y el contrato de concesión minera para el proyecto de explotación aurífera en la cuenca del río Nechí, con el propósito de prevenir nuevos daños; establecer un plan para la recuperación de los ecosistemas deteriorados; y determinar la responsabilidad de la empresa Mineros S.A., y se impongan las sanciones correspondientes.


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